Peso de carga utilizado en vehículos comerciales

Al elegir un vehículo comercial, hay que tener en cuenta el peso total de carga permitido. Debes tener en cuenta esta limitación, de lo contrario, puedes ser multado por sobrecarga.

 

El permiso B permite conducir vehículos con un peso máximo de 3,5 toneladas o menos.

Sin embargo, puedes adjuntar un remolque mientras no supere los 750 kg.

Para conducir un vehículo utilitario con una carga de entre 3,5 y 4,25 toneladas, debes tener el permiso C1.

 

Para los vehículos comerciales, podemos distinguir entre:

  • Peso total en carga permitido: es la masa autorizada del vehículo. Incluye la capacidad máxima de carga y el peso máximo del conductor y los pasajeros.
  • Peso rodante total permitido: es la masa máxima permitida para un conjunto de vehículos, por ejemplo, un vehículo y su remolque.

 

Para elegir un vehículo comercial, hay que saber cuánto peso llevarás. Para ello, puedes realizar un cálculo teniendo en cuenta todos los elementos que pueden ser transportados:

  • El conductor y los pasajeros.
  • El utillaje y las mercancías.
  • Los accesorios interiores que vas a añadir al vehículo.
  • El depósito lleno. 

Para evitar que tu vehículo de tipo furgoneta sea sobrecargado puedes incluir un indicador de carga. A menudo, se ofrece como opción en los vehículos comerciales nuevos.

 

Sanciones por exceder peso máximo de carga

Si tu vehículo comercial está sobrecargado, puedes recibir una multa, la inmovilización del vehículo o la descarga del exceso. Además, sobrecargar un vehículo puede ser muy peligroso, ya que no tiene la misma estabilidad en la carretera y los neumáticos se desgastan más rápido. 

Las sanciones dependen del nivel de sobrecarga del vehículo (datos extraídos del Ministerio de Fomento del Gobierno de España):

FALTAS LEVES (Sanciones desde 301 a 400 €):

El exceso sobre la masa máxima autorizada de los vehículos o de alguno de sus ejes en los porcentajes siguientes: 

M.M.A

Exceso sobre un eje

Exceso total

+ de 20 Tm.

+ 30%

+ 15%

+ de 10 a 20 Tm.

+ 40%

+ 20%

Hasta 10 Tm.

+ 50%

+ 25%

 

FALTAS GRAVES (Sanciones desde 1.501 a 2.000 €):

El exceso sobre la masa máxima autorizada de los vehículos o de alguno de sus ejes en los porcentajes siguientes: * 

M.M.A

Exceso sobre un eje

Exceso total

+ de 20 Tm.

+ 25% hasta el 20%

+ 6% hasta el 15%

+ de 10 a 20 Tm.

+ 35% hasta el 30%

+10% hasta el 20%

Hasta 10 Tm.

+ 45% hasta el 40%

+15% hasta el 25%

 

FALTAS MUY GRAVES (Sanciones desde 3.301 a 4.600 €):

El exceso sobre la masa máxima autorizada de los vehículos o de alguno de sus ejes en los porcentajes siguientes: * 

M.M.A

Exceso sobre un eje

Exceso total

+ de 20 Tm.

+ 20% hasta el 25%

+ 2.5% hasta el 6%

+ de 10 a 20 Tm.

+ 30% hasta el 35%

+ 5% hasta el 10%

Hasta 10 Tm.

+ 40% hasta el 45%

+ 6% hasta el 15%

 

* Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de la infracción.

 

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